En el marco de la conmemoración del 105° aniversario de la Constitución Política de 1917, la Liga Mexicana por la defensa de los derechos humanos LIMEDDH les invita cordialmente; a participar en el evento que se llevará a cabo afuera de las oficinas del Consejo de la Judicatura Federal, ubicado en la avenida de los Insurgentes Sur número 2417 San Ángel Delegación Álvaro Obregón (Frente al Metrobús Dr. Gálvez) , el día miércoles 2 de Febrero 2022 a la once de la mañana, este acto es para exigir sean atendidas las diversas violaciones a los Derechos Humanos de la gente detenida recluida y procesada, se revise la fabricación de culpables en los diversos procesos de personas torturadas obligadas a firmar supuestas culpabilidades.
En la Liga
Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos analizamos en los casos que
llevamos que invariablemente tienen que ver con el poder de justicia a nivel
federal de forma directa con el amparo, pero también por la necesidad de su
intervención e influencia que se conviertan en modificaciones a nivel de la justicia
Estatal, identificamos diversas violaciones a Derechos Humanos desde el poder Judicial:
En cuanto
a la individualización de la conducta y por lo tanto de la pena que no
podemos permitir que el colonismo se siga imponiendo, privando como
criterio en la sanción penal, que la pena se individualice y si en un grupo
delincuencial: una persona que manejo un vehículo se le sancione por haber
manejado, no por haber asesinado, no por formar parte de un grupo delincuencial
de tal, por qué lo anterior lo que hace
es accionar a la pobreza de mucha gente que no tiene trabajo, es enganchada en
esos grupos, ni siquiera saben para quien están trabajando y entonces como pasa
con el delito.
Temporalidad
de la norma: Se están desechando conocer de recursos
pretextando la temporalidad en que se está presentando el recurso
independientemente e incluso de que la norma jurídica que en el momento no
fijara una temporalidad y eso atenta con el recurso pro-persona.
La
generación de amparos para efecto: Desde nuestro punto de vista han constituido una
dilación que favorece tanto la impunidad como la preservación a la violación a
los derechos humanos.
Jurisprudencias
que violentan los derechos humanos: De manera importante esto, en el tema de la tortura
no basta que el juez de vista al ministerio publico sino que el papel que
establecen las directrices deba hacerle que vigile no solamente que de vista
sino que entregue la información que sustenta los alegatos de tortura y
entreguen dictámenes periciales, solicite informes de los resultados y apremie
al ministerio público de los resultados de las investigaciones por qué eso tiene
un papel cardinal dentro de la administración de justicia, eso no debemos
permitir que la ley pilatos permita que se laven las manos diciendo que se ha
dado vista pero que se continue el juicio y no avanzar.
Es
necesario conocer los servicios periciales de tortura que le competen al
Consejo de la Judicatura Federal, así como el número de casos que están pendientes
de que se les aplique el protocolo de Estambul y que necesitan que el poder
judicial de la federación colabore con el poder judicial de los estados para
que se facilite en la práctica de los dictámenes periciales.
El modelo
que va sellando etapas y que entonces hace que cuando vamos a un juicio
de garantías como es el amparo, ese juicio de garantías no tenga garantía por
qué una etapa ya sello a la otra, es decir en el modelo que ellos tienen da por
hecho lo anterior y no se reconoce todo lo que hay previo a la sentencia
diciendo que ya hubo un juez que ordeno: que obsequio una orden de aprehensión,
se convalido el auto de formal prisión, vino una sentencia acusa de que le
acusa que establece la responsabilidad en un amparo que la confirma y entonces
que le toca hacer al amparista, simplemente un mero trámite.
El acceso
a la información en un formato que permita su análisis y comunicación, esto
es a través de copias en archivos pdf, buscando se puede acceder a visiones a
color que permitan su mejor visualización y análisis.
El Amicus
Curiae deje de ser un elemento discrecional para que se convierta en un
recurso efectivo que deba ser tomado en cuenta como lo establece su naturaleza
es decir es un memorial que sin ser parte del proceso debe ser tomado en cuenta.
Por lo anterior
solicitamos al Consejo de la Judicatura Federal que se abra una mesa de
generación de propuestas para ir trabajando en ese sentido, a través de lograr
mantener una diplomacia ciudadana y avanzamos en los trabajos importantes.
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